¿Qué es la NOM-035? La Guía Completa para Entender la Norma en 2026
INTRODUCCIÓN
Si escribiste “qué es la NOM-035” en Google, lo más probable es que ya te topaste con la norma en algún lado —una auditoría, un correo de RH, un comentario de otro dueño de negocio— y todavía no tienes claro qué es exactamente ni si te toca a ti.
Vamos a resolverlo de una vez, sin relleno.
Hay una creencia muy extendida y muy equivocada: que la NOM-035 es “la norma del estrés”, algo así como una encuesta de bienestar que aplicas una vez y ya. No es así. Es una **norma oficial mexicana con obligaciones documentales, plazos y sanciones económicas reales**, y desde que entró en vigor la autoridad la revisa cada vez con más frecuencia. Entender qué es —de verdad, no la versión de pasillo— es el primer paso para no terminar con una observación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en tu expediente.
¿Qué es la NOM-035-STPS-2018?
La NOM-035-STPS-2018 es la Norma Oficial Mexicana que obliga a toda empresa en México a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en sus centros de trabajo, y a promover un entorno organizacional favorable. La publicó la STPS en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2018, bajo el nombre “Factores de riesgo psicosocial en el trabajo — Identificación, análisis y prevención”.
Dicho en cristiano: es la ley que obliga a las empresas a hacerse cargo de lo que el propio trabajo le hace a la salud mental y emocional de sus trabajadores —cargas excesivas, jornadas fuera de control, malos liderazgos, violencia laboral— con la misma seriedad con la que ya se hacen cargo de un riesgo físico como una máquina sin guarda o un piso mojado.
¿De qué trata realmente la NOM-035?
La norma no regula “el estrés” en abstracto. Regula condiciones concretas y medibles del trabajo. El numeral 4.7 de la NOM-035 define los factores de riesgo psicosocial como aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, del ciclo sueño-vigilia o de estrés grave, derivados de:
- Las condiciones del ambiente de trabajo (peligrosas, inseguras o insalubres).
- Las cargas de trabajo que exceden la capacidad del trabajador.
- La falta de control sobre cómo se realiza el trabajo.
- Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo previsto en la Ley Federal del Trabajo.
- La interferencia entre el trabajo y la vida familiar.
- El liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo.
- La violencia laboral (acoso, hostigamiento y malos tratos).
Esto es lo que “de qué trata la NOM-035” significa en la práctica: siete frentes concretos que la norma te obliga a identificar, medir y, si el resultado lo amerita, corregir.
¿Para qué sirve la NOM-035 en tu negocio?
Aquí es donde la mayoría de los dueños de negocio se pierde, porque la ven como un trámite más. Reencuadremos el problema: la NOM-035 no es papeleo, es un diagnóstico de por qué se te va la gente y por qué te cuesta lo que te cuesta operar.
Cada uno de los siete factores de riesgo que mide la norma tiene un costo real si lo ignoras:
- Un mal liderazgo y jornadas descontroladas empujan la rotación —en un negocio con movimiento constante de personal, 7 bajas al mes pueden representarte cerca de $277,200 al año solo en costo de reemplazo (reclutamiento, capacitación y curva de aprendizaje del nuevo empleado).
- Desde 2023, la ansiedad, la depresión y el burnout califican como enfermedad de trabajo ante el IMSS cuando se comprueba su origen laboral, lo que puede impactar la prima de riesgo que pagas cada año.
- Una queja de violencia laboral o acoso sin protocolo documentado te deja expuesto a demandas y a una revisión más profunda de tu expediente completo, no solo del tema puntual.
La NOM-035 sirve, en resumen, para que tengas evidencia de que estás gestionando estos riesgos —lo cual te protege ante una inspección— y para que, de paso, ataques la causa real detrás de la rotación y el ausentismo, que casi nunca es “mala suerte” sino un patrón medible.
¿A quién aplica la NOM-035?
Aplica a todos los centros de trabajo del país, sin excepción por giro o tamaño, pero el nivel de obligaciones cambia según el número de trabajadores de cada centro de trabajo (numeral 2 de la norma):
| Tamaño del centro de trabajo | Qué te exige la norma (resumen) |
|---|---|
| Hasta 15 trabajadores | Política de prevención, identificar acontecimientos traumáticos severos y difundir información. No aplica cuestionario. |
| Entre 16 y 50 trabajadores | Además de lo anterior: identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial (cuestionario a todos los trabajadores). |
| Más de 50 trabajadores | Además de lo anterior: evaluar también el entorno organizacional (puede aplicarse a una muestra representativa). |
Un detalle que se presta a errores caros: la norma se cuenta por centro de trabajo (domicilio físico), no por RFC ni por razón social. Si tienes tres sucursales con 10, 30 y 80 trabajadores, no aplicas una sola guía “para toda la empresa”: aplicas una distinta en cada sucursal, según su propia plantilla.
Si quieres el detalle completo de qué exige cada nivel —incluyendo las Guías de Referencia I, II y III que usa la STPS— ya lo cubrimos a fondo en nuestra guía “Guías I, II y III de la NOM-035: ¿Cuál Aplica a tu Empresa?”.
¿Es obligatoria la NOM-035? ¿Sigue vigente en 2026?
Sí, y a estas alturas ya no es una norma nueva: es una norma con años de exigibilidad y sin actualización desde su publicación (23 de octubre de 2018). Su entrada en vigor fue escalonada:
- Obligaciones generales (política de prevención, difusión, atención a acontecimientos traumáticos severos): entraron en vigor un año después de su publicación, es decir, desde octubre de 2019.
- Obligaciones de identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial, evaluación del entorno organizacional y programas de intervención (Capítulo 7 completo): entraron en vigor dos años después, desde octubre de 2020.
En resumen: para 2026, toda la NOM-035 está vigente y es exigible, sin excepciones ni periodos de gracia. Si tu empresa arrancó operaciones después de esas fechas, las obligaciones aplican desde el primer día.
Comparativa rápida — qué debes tener documentado
Independientemente del tamaño de tu centro de trabajo, la STPS puede pedirte evidencia documental de lo siguiente:
| Documento u obligación | ¿Quién lo necesita? |
|---|---|
| Política de prevención de riesgos psicosociales (por escrito) | Todos los centros de trabajo |
| Identificación de trabajadores con acontecimientos traumáticos severos | Todos los centros de trabajo |
| Identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial (cuestionario) | Centros de trabajo con 16+ trabajadores |
| Evaluación del entorno organizacional | Centros de trabajo con más de 50 trabajadores |
| Informe de resultados (con datos del centro de trabajo, método, resultados y responsable) | Centros de trabajo con 16+ trabajadores |
| Programa de intervención (si el resultado señala riesgo medio, alto o muy alto) | Todos los que tengan resultado en ese rango |
| Registros disponibles para consulta de los trabajadores | Centros de trabajo con más de 15 trabajadores |
Todo debe conservarse al menos un año desde su elaboración (numeral 10.4), y la identificación de riesgos debe repetirse al menos cada dos años (numeral 7.9)
El mito de “ya apliqué el cuestionario, ya cumplí”
Esta es la creencia que más le cuesta caro a las empresas. Aplicar el cuestionario es apenas uno de siete pasos, no el cumplimiento completo:
- Tener una política de prevención de riesgos psicosociales por escrito y difundida.
- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial (y evaluar el entorno organizacional, si aplica).
- Generar un informe formal con los datos que exige el numeral 7.7 de la norma.
- Difundir los resultados a los trabajadores.
- Si el resultado lo amerita, diseñar e implementar un programa de intervención con fechas, responsables y seguimiento.
- Llevar registros de todo el proceso, disponibles para consulta.
- Repetir el ciclo completo cada dos años.
Una empresa que “tiene los cuestionarios contestados” en un cajón, sin política, sin informe formal y sin programa de intervención, no está cumpliendo la NOM-035: solo tiene la mitad de un expediente incompleto. Y ante una inspección, un expediente incompleto pesa casi igual que uno inexistente.
¿Qué pasa si no cumples la NOM-035?
La vigilancia del cumplimiento corresponde a la STPS (numeral 11 de la norma), y las multas por incumplimiento van de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por trabajador afectado. Con la UMA vigente en 2026 ($117.31 pesos diarios), esto equivale a un rango de $29,327.50 a $586,550.00 pesos por trabajador.
Eso significa que la multa no es un monto fijo: se multiplica por cada trabajador involucrado en la falta detectada. Una empresa de 20 trabajadores con una observación grave no está viendo un riesgo de $30 mil pesos, sino potencialmente varias veces esa cifra.
Y la multa es solo la parte visible. El costo real de no cumplir incluye también la rotación que no se atiende, el impacto en tu prima de riesgo del IMSS y la exposición legal ante cualquier queja de violencia laboral sin protocolo.
Cómo cumplir la NOM-035 sin que te robe meses de operación
La razón por la que tantas empresas llegan tarde a esto no es que no les importe: es que nadie les explica el proceso completo en un lenguaje que entiendan, y terminan contratando “consultores” que cobran por hora sin decirles nunca cuándo van a terminar.
En Torres & Valle trabajamos con un proceso de 4 pasos, pensado para que sepas exactamente qué vas a pagar y qué vas a recibir desde el primer día:
- Diagnóstico (sin costo) — te decimos exactamente qué te falta y cuánto estás arriesgando, con base en tu número de trabajadores real por centro de trabajo.
- Precio cerrado — por centro de trabajo, sin cobro por hora ni sorpresas a la mitad del proceso.
- Implementación — política, cuestionarios, informe, programa de intervención y capacitación con DC-3 con validez oficial, porque somos Agente Capacitador Externo registrado ante la STPS.
- Acompañamiento — la norma exige repetir el ciclo cada dos años; te dejamos listo para inspección durante todo el año, no solo el día que entregamos el expediente.
Si además de la NOM-035 tienes pendiente la comisión de seguridad e higiene (NOM-019) o tus servicios preventivos de seguridad y salud (NOM-030), lo revisamos junto en el mismo diagnóstico.
Preguntas frecuentes sobre la NOM-035
¿Qué es la NOM-035 en pocas palabras?
Es la norma oficial mexicana que obliga a las empresas a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, y a promover un entorno organizacional favorable. Está vigente desde 2018 y es exigible en todo el país.
¿La NOM-035 aplica a empresas pequeñas?
Sí. Aplica a todos los centros de trabajo, incluso los de 15 trabajadores o menos, aunque con obligaciones más ligeras (política de prevención y atención a acontecimientos traumáticos severos, sin cuestionario obligatorio).
¿Cada cuánto se debe hacer la identificación de riesgos psicosociales?
Al menos cada dos años, según el numeral 7.9 de la norma. Si cambian las condiciones de trabajo de forma relevante, conviene repetirla antes.
¿La NOM-035 y la NOM-030 son lo mismo?
No. La NOM-030 regula los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo en general; la NOM-035 se enfoca específicamente en los factores de riesgo psicosocial, y sus resultados deben integrarse al diagnóstico de seguridad y salud que exige la NOM-030.
¿Qué pasa si mi empresa no ha hecho nada de la NOM-035?
Estás expuesto a una multa de entre $29,327.50 y $586,550.00 pesos por trabajador (UMA 2026), además del riesgo de rotación, ausentismo y demandas por violencia laboral sin protocolo documentado. Lo más rápido es empezar por un diagnóstico que te diga exactamente qué falta.
¿Necesito contratar a alguien externo para cumplir la NOM-035?
No es obligatorio, pero si no cuentas con el tiempo o el conocimiento técnico para armar el expediente completo (política, cuestionarios, informe, programa y registros), un agente capacitador externo registrado ante la STPS puede hacerlo con validez oficial y ahorrarte errores costosos.
Si después de leer esto te quedó claro que “ya tener los cuestionarios” no es lo mismo que cumplir, es momento de saber exactamente en qué parte del proceso estás.
Escríbenos “DIAGNÓSTICO” por WhatsApp al 81 3700 3496 y te decimos, sin costo, qué te falta y cuánto estás arriesgando —por centro de trabajo, con cifras reales, no genéricas.


Respuestas